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Constitución de Sociedades

Constitución de Sociedades

Constitución de Sociedades

En que consiste la constitución de sociedades

Es la fórmula tradicional de constituir una sociedad mercantil a medida, ajustada a sus necesidades.

Nuestros experimentados Abogados y Economistas les asesorarán sobre las mejores soluciones y opciones acompañando todo el proceso que demanda la creación y  el funcionamiento de una sociedad limitada,  anónima, o de cualquier otro tipo: desde su denominación, envío de datos a los organismos de control, ingreso de capital social, firmas de escritura, pago de trámites, activación de cuenta bancaria, y por último realizar el seguimiento de los trámites ya citados. 

Ventajas de crear una sociedad a medida

  • Posibilidad de elección de la denominación social.
  • Elección de las características de la sociedad en función de sus necesidades. A medida.


Proceso de la constitución de sociedades

1.- Usted elige un nombre para la nueva sociedad

2.- Proponemos nombres ya registrados o registramos el suyo

3.- A través de un formulario nos facilita los datos de los Socios Fundadores y de su sociedad

4.- Abrimos la Cuenta Corrienta a nombre de la nueva sociedad en una entidad bancaria

5.- Deberá Depositar el capital social de la nueva sociedad en la cuenta corriente

6.- Preparamos los Estatutos Sociales y la Escritura Pública en coordinación con el Notario

7.- Deberá comparacer ante el Notario en la fecha fijada para Firmar la Escritura de Constitución

8.- Nos encargamos de retirar la escritura y liquidar el ITP

9.- Deberà presentarse en el Banco para Activar la cuenta y Registrar la Firma de los Administradores

10.-Obtenemos el NIF de la sociedad e Inscribimos la Escritura del Registro Mercantil

11.- Le entregamos toda la Documentación de la sociedad Inscrita en el Registro Mercantil


Más información sobre constitución de sociedades

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Formulario de constitución online de sociedades

Primer paso

El primer paso en la constitución de una sociedad, y el que más puede demorar, es la obtención de la denominación social.

En consecuencia rogamos cumplimente el presente formulario indicándonos tres nombres para la futura sociedad, ordenados por orden de preferencia, así como el nombre y apellidos nº de D.N.I. (exactamente como constan en el documento de identidad) de uno de los futuros socios. Si ese nuevo socio fuere otra sociedad, su denominación completa y NIF.

Informarle que el solicitante de la Certificación  forzosamente deberá ser socio constituyente, ya que el Registro Mercantil Central no permite la cesión de denominaciones salvo excepciones. Recuerde que el socio solicitante deberá ser socio constituyente obligatoriamente.

Persona de contacto











Barcelona Madrid

Formulario de solicitud de denominación social
(Certificado Negativo de Nombre)

Según instrucciones arriba indicadas











De momento, sólo es necesario que efectúe un pago de 30,00 €, mediante transferencia a la cuenta corriente que le será comunicada a su dirección de correo electrónico, importe destinado a cubrir la solicitud de denominación social. En un plazo máximo de 6 días hábiles a contar desde la confirmación del pago, nos pondremos en contacto con Vd. para comunicarle el resultado de la solicitud y continuar, si Vd. lo desea, los restantes trámites. Igualmente, y con anterioridad le informaremos acerca de los pasos que afectan a su solicitud, mediante comunicaciones dirigidas a su cuenta de correo electrónico.

Segundo paso

El segundo paso, consiste en facilitarnos todos los datos necesarios para la constitución tales como, tipo de sociedad, domicilio, socios, órgano de administración, objeto y demás, mediante un formulario que le será remitido por nosotros contestando a su solicitud de denominación.

Tercer paso

El tercer paso, una vez obtenido el certificado de denominación del Registro Mercantil Central,  consiste en la apertura de la cuenta corriente a nombre de la nueva sociedad, efectuar el desembolso del capital, y con el certificado expedido por la entidad bancaria, proceder a la firma de la constitución en la Notaría correspondiente.

 

 

 

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